ALERT: Information on Coronavirus (COVID-19)

Vacuna Contra la Meningitis

View in English

A partir del primero de enero del 2012, los estudiantes solicitando admisión a Lamar State College Port Arthur deben haber recibido la vacuna contra la meningitis. Proyecto de ley 1107 del Senado de Texas (ahora TEC 51.9192) requiere que todos los estudiantes admitidos a una institución de educación superior ya sea independiente o privada muestren evidencia de haber recibido la dosis inicial o dosis de refuerzo de la vacuna contra la meningitis en el periodo de 5 años anterior y al menos 10 días antes del comienzo del primer semestre en el que el estudiante será registrado.

Cualquier estudiante que cumpla con alguno de los requisitos nombrados a continuación será exento del requerimiento de la vacuna contra la meningitis. 

  1. El estudiante tendrá o será mayor de 22 años el primer día del semestre.
  2. El estudiante está inscrito en un curso o programa de educación continua con menos de 360 horas de contacto.
  3. El estudiante está inscrito en un curso o programa de educación continua de entrenamiento corporativo.
  4. El estudiante está inscrito en un curso de crédito dual que se lleva a cabo en una instalación pública o privada de K-12 que no se encuentra en las instalaciones de una institución de educación superior
  5. El estudiante está encarcelado en una prisión de Texas.
  6. Una declaración jurada o certificado firmado por un médico registrado y con licencia para ejercer la medicina en los Estados Unidos, afirmando que, en su opinión, la vacunación sería perjudicial para la salud y el bienestar del estudiante.
  7. Una declaración jurada firmada por el estudiante que indica que el estudiante rechaza la vacunación por razones de conciencia, incluyendo una creencia religiosa. Se debe usar el formulario de exención de conciencia del Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas (DSHS).
  8. Comprobante de que el estudiante ha completada el formulario proveído por el Departamento de Servicio de Salud del Estado para recibir una exención por razones de conciencia.